Justicia deniega la rectificación de errores registrales mediante instancia privada
Resolución de 12 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador de la propiedad de La Bañeza, por la que se rechaza la solicitud realizada en instancia de practicar la cancelación de anotaciones de embargo y de inscripción del dominio.
Resumen IA
La Dirección General desestima el recurso de un particular que pretendía cancelar embargos y recuperar la titularidad de una finca tras una concentración parcelaria usando solo una instancia. El organismo recuerda que para modificar el Registro de la Propiedad se requiere el consentimiento de los actuales titulares o una resolución judicial firme. No es posible rectificar asientos registrales de forma unilateral si estos ya están bajo la salvaguardia de los tribunales.
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Fechas clave
- 2026-05-12otro · Fecha de la Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública
- 2026-08-06publicacion · Fecha de publicación en el BOE
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