2026-06-17· MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES

Resolución de 4 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Llerena, por la que se suspende la inscripción del testimonio de un decreto de adjudicación por no constar que el tercer poseedor ha sido demandado y requerido de pago.

Resumen IA

Esta resolución confirma la suspensión de la inscripción de un decreto de adjudicación de fincas en el Registro de la Propiedad. El motivo es que no se acreditó que el tercer poseedor de los bienes fuera demandado y requerido de pago formalmente durante el proceso de ejecución hipotecaria. Se protege así el principio constitucional de tutela judicial efectiva para evitar la indefensión de titulares inscritos.

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